Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 11 nov 2008
Este real decreto se dicta al amparo del título competencial previsto en los artículos 149.1.2.ª y 149.1.17.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de inmigración, así como en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social.
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eli/es/rd/2008/11/03/1800#disposicion-final-primera