Art. Disposición final primera
13 / 15En vigor desde 18 nov 2008
En lo no previsto en este real decreto será de aplicación lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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Proeli/es/rd/2008/11/03/1791#disposicion-final-primera