Art. SECCIÓN 5
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IXSecc. Sección 4.ª De la inscripción de las agrupaciones de interés económico

Art. SECCIÓN 5

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En vigor desde 24 abr 2000
Sección 5.ª De la inscripción de las sociedades civiles (Anulada) Se anula, en la redacción dada por la disposición adicional única.3 del Real Decreto 1867/1998, de 4 septiembre, por Sentencia del TS de 24 de febrero de 2000. Ref. BOE-A-2000-7605 . Se añade por la disposición única.3 del Real Decreto 1867/1998, de 4 de septiembre. Ref. BOE-A-1998-22517

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eli/es/rd/1996/07/19/1784#seccion-5