Art. 90
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 90

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En vigor desde 1 ago 1996
En la inscripción primera del empresario individual se expresará: 1.º La identidad del mismo. 2.º El nombre comercial y, en su caso, el rótulo de su establecimiento. 3.º El domicilio del establecimiento principal y, en su caso, de las sucursales. 4.º El objeto de su empresa. 5.º La fecha de comienzo de sus operaciones.
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eli/es/rd/1996/07/19/1784#art-90