Art. 34
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª De los asientos en general

Art. 34

37 / 483
En vigor desde 1 ago 1996
1. Las cantidades, fechas y números que hayan de contener los asientos podrán expresarse en guarismos, excepto aquéllos que se refieran a la determinación del capital social, número y valor de las cuotas y participaciones sociales, acciones y obligaciones e importe total de cada emisión, que se expresarán en letra. 2. En todo caso, en los asientos de presentación y notas marginales se podrán utilizar guarismos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1996/07/19/1784#art-34