Art. 262
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IXSecc. Sección 3.ª De la inscripción de las sociedades de inversión mobiliaria e inmobiliaria

Art. 262

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En vigor desde 1 ago 1996
Las sociedades de inversión mobiliaria de capital variable presentarán anualmente en el Registro Mercantil, al mismo tiempo en que depositen sus cuentas, una certificación expedida por su órgano de administración, con firmas legitimadas notarialmente, en la que se indique la cifra efectiva del capital social suscrito al cierre del ejercicio económico. La certificación habrá de ser de fecha anterior en un mes, como máximo, a la presentación de las cuentas en el Registro.
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eli/es/rd/1996/07/19/1784#art-262