Art. Artículo único

Art. Artículo único

1 / 105
En vigor desde 7 ago 2004
Se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, que se inserta a continuación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2004/07/30/1777#articulo-unico