Art. 3
3 / 51En vigor desde 21 ago 1994
Se aprueban las especialidades del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora en matería de telecomunicaciones que figuran en el anexo III al presente Real Decreto.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1994/08/05/1773#art-3