Título TÍTULO I
Art. 1
12 / 51En vigor desde 21 ago 1994
El régimen de otorgamiento, modificación y extinción de las concesiones en materia de telecomunicaciones se regirá por las Leyes especiales que sean de aplicación, así como por sus normas de desarrollo y, en especial, por el Real Decreto 844/1989, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con el uso de dominio público radioeléctrico y los servicios de valor añadido que utilicen dicho dominio.
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Proeli/es/rd/1994/08/05/1773#art-1-2