Capítulo CAPITULO II
Art. 8
8 / 18En vigor desde 5 jun 2011
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única y anexo del Real Decreto 776/2011, de 3 de junio. Ref. BOE-A-2011-9736 . Se modifica el apartado 5 por el art. único.5 de la Orden APA/2937/2004, de 10 de septiembre. Ref. BOE-A-2004-15987 Se modifica el apartado 5 por el art. único.2 de la Orden APA/691/2003, de 26 de marzo. Ref. BOE-A-2003-6378
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2003/02/14/177#art-8