Art. Disposición final quinta

Art. Disposición final quinta

17 / 17
En vigor desde 28 ene 2008
Este real decreto entrará en vigor al mes de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2007/12/28/1762#disposicion-final-quinta