Art. 30
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 30

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En vigor desde 25 mar 2022
Impedirán cualquier situación de discriminación respetando la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, incluida la prevención de la violencia de género, la diversidad y orientación sexual de las personas. Así mismo procurarán la conciliación de la vida profesional, personal y familiar en su propio entorno y respecto al personal subordinado.
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