Art. 22
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 22

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En vigor desde 25 mar 2022
1. Mantendrán el espíritu de Cuerpo, como sentimiento de honor y orgullo compartido, inspirado en un profundo sentido de pertenencia a la Guardia Civil. 2. El respeto, la lealtad, la confianza y la cooperación deberán presidir las relaciones entre compañeros. En ningún caso, un compañerismo mal entendido dará cabida al encubrimiento y a la justificación de conductas que comporten el incumplimiento de las leyes o que comprometan los principios de este Código de Conducta. 3. Tratarán al personal retirado con el respeto, reconocimiento y consideración que merecen su dedicación y los servicios prestados, guardando, en todo momento, las debidas muestras de cortesía y compañerismo propias de la Institución.
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