Art. 40

Art. 40

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En vigor desde 30 mar 2013
Quedan derogados los artículos 3.º a 6.º, los apartados 2.1 y 2.3 del artículo 7.º, el artículo 8.º, los apartados 1.1, 1.2, 1.5 y 2 del artículo 11, los artículos 12 y 13, excepto el apartado 3.1 de este último, los apartados 1 y 2.1 del artículo 14, así como los artículos 15 a 17 de la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, fabricación, circulación y comercio de cereales en copos o expandidos aprobada por el Real Decreto 1094/1987, de 26 de junio.
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