Art. 33
33 / 56En vigor desde 30 mar 2013
Quedan derogados el apartado 6 del artículo 23, así como los apartados 6 y 7 del artículo 32 de la Reglamentación Técnico-Sanitaria de los establecimientos y productos de la pesca y acuicultura con destino al consumo humano aprobada por el Real Decreto 1521/1984, de 1 de agosto.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2013/03/08/176#art-33