Art. 19
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 19

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En vigor desde 20 feb 1998
El régimen patrimonial de la Entidad será el establecido en el artículo 99 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de creación del Organismo autónomo Correos y Telégrafos al amparo del artículo 56 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
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eli/es/rd/1998/02/16/176#art-19