Art. Disposición adicional tercera
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Procedimientos de control

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 19 ene 2008
A los efectos de la aplicación de este real decreto, los riesgos laborales del personal militar en las representaciones de España en el exterior se prevendrán en la forma dispuesta en el Real Decreto 1488/1998, de 10 de julio de 1998, de adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales a la Administración General del Estado.
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