Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Principios y actividades preventivas
Art. 9
9 / 35En vigor desde 19 ene 2008
La formación en materia de riesgos laborales quedará garantizada mediante:
a) Su inclusión en los diferentes niveles de la enseñanza militar.
b) Los cursos que se impartan en relación con el puesto de trabajo y el uso de los diferentes materiales y equipos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2007/12/28/1755#art-9