Art. Disposición adicional primera
20 / 26En vigor desde 15 ene 2011
Quedan suprimidos los siguientes órganos del Departamento:
a) El Gabinete de Análisis y Previsión de Política Exterior.
b) La Subdirección General de Política Exterior y de Seguridad Común.
c) La Subdirección General de Europa Oriental y otros Países Europeos No Comunitarios.
d) La Oficina de Asuntos de Gibraltar.
e) La Subdirección General de Asia Continental.
f) La Subdirección General de Relaciones Económicas Bilaterales con Europa y Países OCDE.
g) La Subdirección General de Relaciones Económicas Bilaterales con Países en Desarrollo.
h) La Subdirección General de Relaciones Económicas Multilaterales y de Cooperación Aérea, Marítima y Terrestre.
i) La Subdirección General de Países Candidatos y de Políticas de Vecindad.
j) El Gabinete Técnico de la Secretaría General para la Unión Europea.
k) La Subdirección General de Asuntos Institucionales de la Unión Europea.
l) La Subdirección General de Coordinación de Asuntos Legales Comunitarios.
m) La Subdirección General para la Comunidad Iberoamericana de Naciones.
n) La Subdirección General de Organismos Multilaterales de Iberoamérica.
ñ) La Subdirección General de Protección de los Españoles en el Extranjero.
o) La Subdirección General de Asuntos Sociales.
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Proeli/es/rd/2010/12/23/1748#disposicion-adicional-primera