Art. 5
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 5

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En vigor desde 2 ago 1998
Los Inspectores de los Servicios de Economía y Hacienda serán seleccionados mediante la superación de pruebas selectivas, tal y como dispone la normativa legal reguladora de la Inspección General, y ocuparán plaza en este centro o en el Servicio de Auditoría Interna de la Agencia Tributaria mediante concurso específico convocado al efecto.
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eli/es/rd/1998/07/31/1733#art-5