Art. 10
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 10

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En vigor desde 2 ago 1998
Se establecerán los mecanismos de coordinación de actuaciones, apoyo mutuo e intercambio de información y documentación entre la Inspección General y el Servicio de Auditoría Interna que resulten necesarios, asegurando en todo caso el carácter reservado de las actuaciones inspectoras.
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eli/es/rd/1998/07/31/1733#art-10