Art. Disposición adicional cuarta
Capítulo CAPITULO VI

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 10 ago 1994
Se autoriza al Ministro para las Administraciones Públicas para actualizar periódicamente las referencias presupuestarias contenidas en el presente Real Decreto.
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eli/es/rd/1994/07/29/1732#disposicion-adicional-cuarta