Art. 9
9 / 13En vigor desde 29 may 2025
Sin perjuicio de las peculiaridades establecidas en los artículos anteriores, el funcionamiento del Patronato se atendrá a lo dispuesto en el artículo 145 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Se modifica por el .4 del Real Decreto 403/2025, de 27 de mayo. Ref. BOE-A-2025-10489
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2010/02/19/172#art-9