Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 1
1 / 44En vigor desde 2 jun 2012
El presente real decreto tiene por objeto:
a) Establecer los requisitos básicos de autorización y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica.
b) Desarrollar el régimen del tratamiento de muestras biológicas de origen humano con fines de investigación biomédica previsto en la Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación Biomédica.
c) Regular el funcionamiento y organización del Registro Nacional de Biobancos para Investigación Biomédica.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2011/11/18/1716#art-1