Art. [preambulo]

Art. [preambulo]

En vigor desde 10 dic 2011
Por Real Orden de 31 de enero de 1877 se crea el Museo de Reproducciones Artísticas y por Orden de 31 de agosto de 1968 se integra en el Patronato Nacional de Museos con el Título de «Museo Nacional de Reproducciones Artísticas». Desde su creación, el Museo ha estado instalado en varias sedes, encontrándose en la actualidad sus colecciones almacenadas en el Museo del Traje. Centro de Investigación del Patrimonio Etnológico desde el año 2002, sin ninguna posibilidad de visita pública de este patrimonio cultural. La finalidad didáctica inicial con la que fueron creados los museos de reproducciones en el siglo XIX ha evolucionado hacia una revalorización y reinterpretación del significado histórico de estas colecciones. Esta circunstancia ha puesto de manifiesto la necesidad de una nueva orientación de esta institución que, de acuerdo con las nuevas demandas de la sociedad, permita la puesta en valor de estos bienes en un entorno científico y museístico afín con su tipología y esencia cultural. En el ámbito de los museos estatales es el Museo Nacional Colegio de San Gregorio, por la misión y la afinidad de las colecciones, la institución que mejores condiciones reúne para alcanzar el objetivo de hacer que los fondos del Museo Nacional de Reproducciones Artísticas cumplan con la finalidad social y cultural de ofrecer un óptimo servicio público. La afinidad de las colecciones no parte únicamente de la tipología de las mismas (escultura), sino que enriquece, complementa y ofrece una línea de continuidad cronológica a los bienes culturales que ya custodia el Museo Nacional Colegio de San Gregorio al aportar una visión de la producción escultórica del siglo XIX, ampliando, por tanto, el ámbito temático y cronológico de las colecciones de este Museo. Por otra parte, la diversidad de inmuebles que integran el Museo Nacional Colegio de San Gregorio, permite subsanar la carencia endémica de sedes que ha padecido el Museo Nacional de Reproducciones Artísticas en las últimas décadas, al facilitar la exposición pública de su colección, lo que se ajusta al concepto de Museo establecido por el Consejo Internacional de Museos de la UNESCO y da cumplimiento a las obligaciones funcionales que, como institución museística, tiene atribuidas conforme el artículo 2 del Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos. Es por estos motivos que, al amparo del artículo 7 del citado Real Decreto, los bienes culturales que conforman las colecciones del Museo Nacional de Reproducciones Artísticas han sido asignados por Orden de la misma fecha que el presente Real Decreto al Museo Nacional Colegio de San Gregorio, lo que implica la supresión del Museo Nacional de Reproducciones Artísticas, al desaparecer la adscripción del patrimonio cultural que justificaba su existencia. Esta incorporación de la colección del Museo Nacional de Reproducciones Artísticas al Museo Nacional Colegio de San Gregorio supone un notable incremento cuantitativo y cualitativo de sus fondos, enriquece los temas y las técnicas y permite disponer de claves esenciales para entender el proceso creativo y las fuentes de la plástica española. Pero fundamentalmente, redefine este Museo y le permite ampliar su campo de acción hacia un conocimiento empírico y crítico de la escultura más allá de los límites cronológicos y espaciales que hasta ahora enmarcaban los fines de esta institución. Unida a las políticas de apoyo a la creación artística y al incremento de la colección con obras de un amplio marco temporal, esta nueva perspectiva presta un carácter único a la institución y la convierte en uno de los primeros museos europeos en su género. La nueva situación implica, asimismo, que las colecciones del Museo Nacional Colegio de San Gregorio trascienden en su concepción y exposición a la propia sede del Colegio de San Gregorio, que motivó que el nombre de esta institución se asociara al del edificio que albergaba las colecciones mediante Real Decreto 1136/2008, de 4 de julio. Por las razones expuestas anteriormente y como consecuencia de la fusión de ambas colecciones que redefinen la misión, fines y sedes del Museo Nacional Colegio de San Gregorio, procede también cambiar el nombre del Museo Nacional Colegio de San Gregorio por el de Museo Nacional de Escultura, denominación más acorde con la nueva misión de esta institución procedente de la suma de los dos centros. En su virtud, a propuesta de la Ministra de Cultura, con la aprobación previa del Vicepresidente del Gobierno de Política Territorial y Ministro de Política Territorial y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión de 18 de noviembre de 2011, DISPONGO:
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eli/es/rd/2011/11/18/1714#preambulo-pr