Art. Disposición adicional tercera
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 30 abr 2004
Cualquier información o documentación derivada de lo establecido en este real decreto que se formalice por escrito formará parte de la documentación a que se refiere el artículo 23 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
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