Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición adicional segunda
31 / 41En vigor desde 3 may 2010
Las disposiciones contenidas en este reglamento y en sus anexos que afecten al tratamiento de los datos personales se aplicarán de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información clínica.
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Proeli/es/rd/2010/02/19/170#disposicion-adicional-segunda