Art. Disposición final quinta
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final quinta

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En vigor desde 9 dic 2011
Este real decreto tiene carácter básico y se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª y 25.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y bases del régimen minero y energético, respectivamente.
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