Art. 51
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 51

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En vigor desde 15 ago 1986
La provincia es una Entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios. El territorio de la Nación española se divide en 50 provincias, con los límites, denominación y capitales que tienen actualmente.
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eli/es/rd/1986/07/11/1690#art-51