Art. 19
19 / 25En vigor desde 21 feb 2010
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Reglamento (CE) n.º 1145/2008 de la Comisión, de 18 de noviembre de 2008, el programa de reestructuración, sus modificaciones, el informe sobre su aplicación y cualquier normativa nacional que le afecte, se difundirá en la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
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Proeli/es/rd/2010/02/19/169#art-19