Art. 7
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 7

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En vigor desde 17 ene 2008
1. Este profesional desarrolla su actividad tanto en pequeñas, medianas o grandes empresas vitivinícolas, dedicadas a la producción de uva, elaboración, crianza y envasado de vino como en pequeñas, medianas o grandes industrias de destilados de vino, concentración de mostos, elaboración de vinagres y otros productos derivados de la uva y del vino. Son trabajadores por cuenta ajena o propia que ejercen su actividad en labores de gestión, dirección y supervisión en áreas funcionales de recepción, producción y envasado. 2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes: Técnico vitivinícola. Encargado de proceso de destilación y rectificación. Encargado de recepción de mostos frescos y sulfitados. Supervisor de columnas de destilación y concentración. Encargado de la línea de envasado de destilados, concentrados y vinagres. Encargados de envejecimiento y crianza de destilados y vinagres. Técnico en análisis sensorial.
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eli/es/rd/2007/12/14/1688#art-7