Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª Cursos de actualización para el ascenso
Art. 34
43 / 61En vigor desde 15 feb 2009
1. En los cursos de actualización para el ascenso se causará baja por alguno de los siguientes motivos:
a) Necesidades del servicio.
b) Cese en la situación administrativa de servicio activo.
c) Motivos académicos relacionados con faltas de asistencia o bajo rendimiento escolar en los términos que se fijen en la correspondiente convocatoria.
d) Embarazo, cuando exista prescripción facultativa, parto o posparto.
2. Los que causen baja requerirán ser evaluados nuevamente cuando sean convocados para realizar de nuevo el curso y les contabilizará la correspondiente convocatoria, excepto si los motivos de la baja corresponden a los párrafos a) y d) anteriores.
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Proeli/es/rd/2009/02/13/168#art-34