Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO 1›Secc. Sección 4.ª De los Letrados del Consejo›§ Subsección 2.ª Del Secretarlo general y del Letrado de Secretaría
Art. 57
58 / 146En vigor desde 19 sept 1980
El Secretario general tendrá las mismas incompatibilidades que los restantes miembros del Cuerpo de Letrados.
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Proeli/es/rd/1980/07/18/1674#art-57