Art. Disposición final tercera
7 / 46En vigor desde 4 jul 2019
El presente real decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2019/03/22/165#disposicion-final-tercera