Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 27 sept 1994
Queda derogada la Orden del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones de 22 de junio de 1982, sobre prestación al público del servicio telefónico a través de teléfonos con recaudación directa por el titular, así como todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en este Real Decreto.
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