Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 31 jul 1996
Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Trans­ferencias prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para Galicia, por el que se con­cretan las funciones y servicios de la Administración del Estado que deben ser objeto de traspaso a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de espectáculos públi­cos, adoptado por el Pleno de dicha Comisión en su sesión del día 25 de junio de 1996, y que se transcribe como anexo al presente Real Decreto.
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eli/es/rd/1996/07/05/1640#art-1