Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 27 mar 2014
Establecer normas complementarias para la producción, designación, presentación y etiquetado de determinadas bebidas espirituosas producidas en España, en desarrollo del Reglamento (CE) n.º 110/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativo a la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de las indicaciones geográficas de bebidas espirituosas y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.º 1576/89 del Consejo, en particular, de su artículo 6.1.
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