Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 25
34 / 48En vigor desde 17 feb 2002
Todo el personal directivo y no directivo al servicio de Red.es estará sujeto al régimen de incompatibilidades establecido con carácter general para el personal al servicio de las Administraciones públicas y, en su caso, a la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 49, de 26 de febrero de 2002. Ref. BOE-A-2002-3821
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Proeli/es/rd/2002/02/08/164#art-25