Art. 22 bis
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. SECCIÓN 8.ª DEPARTAMENTO RED IRIS

Art. 22 bis

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En vigor desde 16 ene 2008
Para el desarrollo de las funciones relativas a la Red IRIS encomendadas a la Entidad Pública Empresarial Red.es se constituye dentro de la misma un departamento, que dispondrá de los medios humanos y materiales necesarios para el desarrollo de sus funciones, cuyo Director será nombrado y cesado por el Consejo de Administración a propuesta de su Presidente. Se modifica por la disposición adicional 48.4 de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-22295 . Se añade por el art. 80.6 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2003-23936 .

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Pro

eli/es/rd/2002/02/08/164#art-22-bis