Art. 2
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 2

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En vigor desde 26 nov 2011
Son competencias de la Comisión Filatélica del Estado: a) Elaborar el programa anual de emisiones de sellos de correo y demás signos de franqueo. b) Proponer los temas de los sellos a emitir. c) Realizar recomendaciones, informar propuestas normativas y cualquier otra cuestión que le sometan a consulta los Ministerios de Fomento y de Economía y Hacienda en materia filatélica. d) Realizar un seguimiento de las emisiones de sellos y demás signos de franqueo efectuadas. e) Impulsar y coordinar fórmulas de colaboración y de cooperación con otras instituciones y organismos de otros Estados en el ámbito de sus competencias. f) Cualesquiera otras que, en materia filatélica, le atribuya la normativa vigente.
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eli/es/rd/2011/11/14/1637#art-2