Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 15En vigor desde 4 nov 2009
El presente real decreto tiene por objeto desarrollar aquellos aspectos que, de acuerdo con la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, deben ser establecidos por las Administraciones educativas, en lo que se refiere a la admisión de alumnos en centros públicos y privados concertados, los requisitos que han de cumplir los centros para impartir el primer ciclo de la educación infantil y la atención al alumnado que requiere una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar necesidad específica de apoyo educativo.
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Proeli/es/rd/2009/10/30/1635#art-1