Art. Disposición adicional sexta

Art. Disposición adicional sexta

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En vigor desde 11 oct 1995
Los profesores de la especialidad de Dibujo pertenecientes al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria tendrán competencia docente para impartir las materias de «Fundamentos de Diseño» e «Imagen» del bachillerato. Asimismo, aquellos que posean la licenciatura en Bellas Artes tendrán, además, atribución docente para impartir la materia de «Volumen I» del bachillerato.
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