Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 2 dic 2009
1. Queda derogado el Real Decreto 1715/1996, de 12 de julio por el que se establece el título de Técnico en Explotaciones Agrarias Extensivas; el 1716/1996, de 12 de julio por el que se establece el título de Técnico en Explotaciones Agrícolas Intensivas y el 1717/1996, de 12 de julio, por el que se establece el título de Técnico en Explotaciones Ganaderas y las correspondientes enseñanzas mínimas y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto. 2. Queda derogado el Real Decreto 1257/1997, de 24 de julio por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Explotaciones Agrarias Extensivas; el 1258/1997, de 24 de julio por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Explotaciones Agrícolas Intensivas y el 1259/1997, de 24 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Explotaciones Ganaderas.
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