Art. Disposición adicional única

Art. Disposición adicional única

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En vigor desde 17 nov 2011
Los centros docentes de nivel superior o Facultades Protestantes de Teología dependientes de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España que figuran en el anexo serán inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
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