Art. 1

Art. 1

1 / 12
En vigor desde 15 dic 2007
El presente real decreto tiene por objeto la regulación de un procedimiento de votación que permita a los electores españoles que se encuentren temporalmente en el extranjero ejercer su derecho de sufragio sin obstáculos y con plenas garantías.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2007/12/07/1621#art-1