Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición derogatoria única
14 / 17En vigor desde 9 dic 2007
Quedan derogados los artículos 272 y 273 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto.
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Proeli/es/rd/2007/12/07/1620#disposicion-derogatoria-unica