Art. 12

Art. 12

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En vigor desde 8 ago 2020
1. Con objeto de sensibilizar a los consumidores o usuarios finales del neumático de reposición, así como a los generadores de neumáticos fuera de uso, de las consecuencias que, para el medio ambiente, la salud pública y la sostenibilidad del sistema de gestión, se derivan de un tratamiento inadecuado de dichos neumáticos, las entidades gestoras de los sistemas integrados de gestión, en colaboración con las administraciones públicas, promoverán periódicamente actuaciones de información y sensibilización destinadas a informar sobre el funcionamiento de los sistemas integrados de gestión y de la importancia de una adecuada gestión de los neumáticos fuera de uso. 2. Asimismo, los comercializadores de neumáticos de segunda mano entregarán al consumidor final, en el momento de la venta y cualquiera que sea su destino, el correspondiente documento de inspección y verificación del neumático, contemplado en la norma UNE 69051 – ‘Neumáticos, llantas y válvulas. Ciclo de uso del neumático. Neumáticos de segunda mano’, mediante el cual un gestor de residuos autorizado certifica, bajo su responsabilidad, que dicho neumático cumple con las condiciones que debe reunir y que ha superado los controles para ser considerado como neumático de segunda mano. Este documento se entregará preferiblemente en formato electrónico cuando se trate de clientes personas físicas, y, en todo caso, en formato electrónico cuando se trate de personas jurídicas. 3. Las administraciones públicas y las asociaciones interesadas trabajarán, de acuerdo con el marco regulatorio existente en materia de defensa de la competencia y competencia desleal, por la formalización de un ‘Código Voluntario de Buenas Prácticas para la Gestión de los Neumáticos Fuera de Uso’, que promueva unas relaciones equilibradas y leales entre todos los operadores implicados en este flujo de residuos y contribuya a la utilización de las mejores prácticas en el desarrollo de estas relaciones. Se añade por el art. único.7 del Real Decreto 731/2020, de 4 de agosto. Ref. BOE-A-2020-9336

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eli/es/rd/2005/12/30/1619#art-12