Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional undécima
78 / 84En vigor desde 16 nov 2011
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 24 de este Real Decreto, el operador legalmente autorizado para la comercialización de juegos de loterías es la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado.
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Proeli/es/rd/2011/11/14/1614#disposicion-adicional-undecima