Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 9 dic 2010
1. Constituye el objeto de este real decreto la regulación de determinados aspectos de carácter económico para las instalaciones de tecnologías eólica y solar termoeléctrica. 2. El presente real decreto será de aplicación a las instalaciones de los grupos b.1.2 y b.2.1 del artículo 2 del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, así como a aquellas de potencia superior a 50 MW de las mismas tecnologías, cuya retribución estuviera vinculada a la de las anteriores.
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eli/es/rd/2010/12/07/1614#art-1