Art. 5

Art. 5

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En vigor desde 1 feb 2008
A efectos de lo previsto en este real decreto, la confesión religiosa de los Testigos Cristianos de Jehová en España, dentro de la que se encuentra integrada la Orden religiosa de los Testigos de Jehová, asumirá los derechos y obligaciones establecidos para los empresarios en el Régimen General de la Seguridad Social.
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eli/es/rd/2007/12/07/1614#art-5